Si quieres saber quién debe pagar la fumigación por una plaga de ratas, cucarachas, o cualquier otro espécimen no deseado en casa… ¡Sigue leyendo!
Lo primero que debemos saber es que todo depende de dónde provenga el núcleo de la plaga. Existen varias posibilidades:
- Cuando el núcleo reside en una vivienda vecina: El propietario o inquilino de esa casa se deberá hacer responsable de los costes de la fumigación de la plaga hasta donde haya llegado. Es decir, debe hacerse cargo de los costes de la fumigación en nuestra vivienda y en la de cualquier vecino que se haya visto afectado.
- Cuando el núcleo reside en la comunidad de propietarios: Cando el núcleo o el foco de la plaga lo encontramos en zonas comunes como puede ser el jardín, habrá que pedir responsabilidades a la comunidad.
- Cuando el núcleo de la plaga proviene de los alrededores del edificio: Será el ayuntamiento el que tendrá que responder ante esta situación, puesto que hablamos de lugares públicos.
- Cuando el núcleo o foco de la plaga está en nuestra vivienda: te damos una respuesta detallada más adelante, ¡continúa leyendo!
Cuando el núcleo de la plaga está en nuestra vivienda
El propietario paga
Para poder saber quién se debe hacer responsable del coste de una desratización, por ejemplo, debemos acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Debemos aclarar que esta ley no da una respuesta específica a lo que nos preguntamos, pero sí nos da algunas pistas que podemos seguir para solucionar este problema.
Por supuesto el arrendador debe cumplir con las normas de buenas condiciones para la habitabilidad que cualquier vivienda debe ofrecer, lo que incluye el concepto de reparación en caso de accidente o desinfección del inmueble. Una plaga de ratas vulnera claramente este concepto de habitabilidad.
De este modo, entendemos que el artículo 21.1 defiende que la responsabilidad es del propietario siempre y cuando el motivo de la plaga nada tenga que ver con el inquilino. Es decir, cuando la plaga se da por causas relacionadas con el mal condicionamiento de la vivienda.
Si el arrendador no asume la responsabilidad, será motivo suficiente para que el inquilino pueda instar a la resolución del contrato basándose en la falta de condiciones de habitabilidad de la vivienda.
El inquilino paga
Si el motivo de la plaga está relacionado con el inquilino, éste será el responsable del coste de la desratización o fumigación de la plaga. Si la inhabitabilidad de la vivienda se produce por culpa del inquilino, será el inquilino quien deberá costear los gastos de la desinfección.
El inquilino deberá asegurarse de si la responsabilidad es suya o no antes de tomar medidas judiciales. Si el inquilino da parte al arrendador de la existencia de la plaga y no se sabe quién es el responsable, siempre se puede llegar a un acuerdo para asumir los costes de la contratación de un especialista para que encuentre el foco y determine de quién es la responsabilidad.
El hecho de que el inquilino haya asumido los costes para evitar la convivencia con las ratas (una vez emitido el dictamen del especialista y antes de que el arrendador se haya hecho responsable), no impedirá que le pueda reclamar posteriormente al propietario el pago de la desratización y del informe del especialista.